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ACOSTA LILIANA ALEJANDRA c/ EDESUR S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora demandó por despido y la Cámara Nacional de Apelaciones revocó parcialmente la condena al eximir a la tercera citada de responsabilidad.

Honorarios profesionales Responsabilidad solidaria Excepcion de falta de legitimacion pasiva Citacion de tercero Congruencia Despido Regimen procesal


¿Quién es el actor?

Liliana Alejandra Acosta
- Demandados: EDESUR S.A. y MICROCENTRO DE CONTACTO S.A. (actual ATENTO ARGENTINA S.A.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la condena impuesta a TIVIT ARGENTINA S.R.L. (ex SYNAPSIS ARGENTINA S.R.L.), eximiéndola de responsabilidad, al considerar que no se le imputó responsabilidad en la demanda y su citación como tercero no la convierte en un nuevo demandado pasible de condena. Se mantuvieron los honorarios de los profesionales excepto los de la representación letrada de TIVIT ARGENTINA S.R.L. Fundamentos relevantes:
- La citación de terceros tiene como fin garantizar el derecho de defensa y hacer que la sentencia sea oponible en un eventual proceso ulterior, pero no implica que el tercero pueda ser condenado.
- La condena a TIVIT ARGENTINA S.R.L. importa un pronunciamiento extra petita que vulnera el principio de congruencia.
- El tribunal de alzada puede revisar la viabilidad procesal de la apelación, más allá de que no haya sido cuestionada por las partes.

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