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SEMINO, DANIEL EDUARDO c/ DIRECCION NACIONAL DE VIALIDAD s/EJECUCION DE CREDITOS LAB

El actor promovió ejecución de créditos laborales contra la Dirección Nacional de Vialidad. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a la demandada a abonar mayores montos por diferencias salariales y multa por mora.

Presuncion art 55 lct Salarios adeudados Ejecucion de creditos laborales Subrogancia Multa art 80 lct Productividad Acuerdo art 241 lct


¿Quién es el actor?

Daniel Eduardo Semino

¿A quién se demanda?

Dirección Nacional de Vialidad

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de créditos laborales (diferencias salariales por subrogancia, productividad, salarios adeudados, multa por mora)

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y condenó a la demandada al pago de: a) $29.439,36 por diferencias por subrogancia; b) $77.648,90 por pago tardío de subrogancia; c) $8.301,31 por pago tardío de productividad; d) $6.200 por diferencias de productividad; e) $7.472,67 por pago tardío de julio 2018, vacaciones 2018 y SAC proporcional; f) Elevó la multa del art. 80 LCT a $202.253. Fundamentos principales:
- La prueba no pudo efectuarse por conducta de la demandada, por lo que corresponde aplicar la presunción del art. 55 LCT.
- El acuerdo de extinción de la relación laboral bajo el art. 241 LCT no genera cosa juzgada y no impide los reclamos de la liquidación final.
- Corresponde considerar la remuneración real a los fines de calcular la multa del art. 80 LCT.

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