FAVARON MARTINEZ, MARIA CONSTANZA c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DESPIDO
La actora demandó por despido y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que reconoció la relación de dependencia laboral entre las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, María Constanza Favaron Martínez, demandó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) por despido.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, reconociendo la relación de trabajo dependiente entre las partes.
- El PAMI apeló la sentencia, alegando que la relación era de carácter autónomo.
- La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia, considerando que se encontraba acreditada la prestación de servicios en relación de dependencia.
- La Cámara señaló que, en virtud del principio de primacía de la realidad, el contrato celebrado no puede desconocer la verdadera naturaleza del vínculo. Además, los testimonios y el encuadramiento en el Convenio Colectivo 697/05 refuerzan el carácter dependiente de la relación.
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