Logo

FAVARON MARTINEZ, MARIA CONSTANZA c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DESPIDO

La actora demandó por despido y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que reconoció la relación de dependencia laboral entre las partes.

Convenio colectivo Primacia de la realidad Presuncion de laboralidad Relacion de trabajo dependiente Medico de cabecera

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, María Constanza Favaron Martínez, demandó al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI) por despido.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda, reconociendo la relación de trabajo dependiente entre las partes.
- El PAMI apeló la sentencia, alegando que la relación era de carácter autónomo.
- La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la decisión de primera instancia, considerando que se encontraba acreditada la prestación de servicios en relación de dependencia.
- La Cámara señaló que, en virtud del principio de primacía de la realidad, el contrato celebrado no puede desconocer la verdadera naturaleza del vínculo. Además, los testimonios y el encuadramiento en el Convenio Colectivo 697/05 refuerzan el carácter dependiente de la relación.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar