BUFFONI, DANIEL RUBEN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia en cuanto a la tasa de interés aplicable.
Indemnización por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en lo relativo a la tasa de intereses aplicable. Estableció que los intereses se devengarán desde el 13/04/2015 conforme a las Actas CNAT 2601, 2630 y 2658 según el período de vigencia de cada una, con capitalización anual según el Acta 2764 CNAT. Asimismo, dispuso que en caso de resultar desproporcionada la aplicación del Acta 2764, corresponderá aplicar el art. 771 del CCyC con un parámetro objetivo de actualización por RIPTE más 7% anual.
- Fundamentos relevantes:
"En tal sentido, si bien considero que estableció la aplicación de cada Acta durante el período de su vigencia lo cierto es que la redacción puede resultar confusa, razón por la cual considero oportuno aclarar que los intereses devengados desde el 13/04/2015 hasta el 30/11/2017 deberán calcularse de acuerdo a lo dispuesto por las Actas CNAT 2601 y 2630, cada una durante el período de su vigencia."
"Por otro lado, la demandada se agravia de la aplicación al caso del Acta 2764 y al respecto cabe señalar que, si bien este Tribunal –en ocasiones anteriores
- dispuso que en los casos en los que el origen del crédito fuera de fecha anterior a la vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación, correspondía aplicar dos veces la tasa de interés prevista en las Actas Nº 2601, 2630 o 2658, a partir del dictado del Fallo de la CSJN en autos "Garcia Javier Omar c/ UGOFE S.A. y otros s/ Daños y perjuicios" (Acc. Trán. c/ les. o muerte) de fecha 7 de marzo de 2023, corresponde –por razones de celeridad y economía procesal
- dejar sin efecto ese criterio y, atendiendo a lo expresamente normado por el art. 7 del CCyCN, aplicar el acta CNAT 2764."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: