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CARNOTO, EMANUEL GASTON c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor demandó por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y ordenó capitalizar anualmente los intereses.

Intereses Costas Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Fondo de reserva Prestaciones dinerarias

Prestaciones por accidente de trabajo sufrido el 6 de julio de 2015.
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el reconocimiento del derecho a percibir prestaciones dinerarias por las secuelas del accidente. Dispuso que los intereses sean capitalizados anualmente desde la notificación de la demanda, dejando a salvo su eventual morigeración si resultaran irrazonables. Impuso las costas de alzada a la demandada y reguló los honorarios de la representación de las partes. Los fundamentos principales fueron:
- La mera disconformidad del actor con el grado de incapacidad psicológica reconocida no es suficiente para modificar lo resuelto, dado que la jueza valoró razonablemente la prueba pericial.
- Los intereses deben capitalizarse anualmente, tomando como parámetro la actualización por el índice RIPTE más una tasa de interés del 6% anual, sin perjuicio de su eventual morigeración.
- La responsabilidad del Fondo de Reserva por las obligaciones impagasel de la ART liquidada se configura al momento de la liquidación, por lo que no resultan aplicables las disposiciones posteriores que pretendieron limitar dicha responsabilidad.

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