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FRIAS GUARCHI, JUAN CARLOS c/ REBOR SEGURIDAD S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor reclamó despido en contra de su empleador, y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia para extender la responsabilidad solidaria a la codemandada Corredores Ferroviarios S.A.

Responsabilidad solidaria Transporte ferroviario Despido Art 30 lct Actividad accesoria


- Actor: Juan Carlos Frias Guarchi
- Demandado: Rebor Seguridad S.A. y Corredores Ferroviarios S.A.
- Objeto: Reclamo por despido
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia para extender la responsabilidad solidaria a Corredores Ferroviarios S.A. en los términos del art. 30 LCT. Confirmó lo demás decidido. El tribunal consideró que el servicio de seguridad que Corredores Ferroviarios subcontrató a Rebor Seguridad es una actividad necesaria y complementaria para el normal funcionamiento del transporte ferroviario de pasajeros, por lo que corresponde la responsabilidad solidaria prevista en el art. 30 LCT. Enfatizó que la jurisprudencia se ha inclinado por una interpretación amplia de dicha norma, que incluye actividades secundarias o accesorias sin las cuales la empresa principal no podría funcionar.

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