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BERTHOLET JORGE HORACIO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia, ajustando la fecha de inicio del curso de los intereses y la tasa aplicable.

Calculo de intereses Accidente laboral Prueba pericial medica Ley 24 557 Incapacidad laboral permanente

Indemnización por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

Se modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, fijando que los intereses deben computarse a partir del 20/04/2012 y estableciendo una tasa de interés con escala progresiva según las Actas CNAT 2601, 2630 y 2658. En lo demás, se confirmó la sentencia de grado. Fundamentos relevantes:
- Se desestimó el agravio de la demandada respecto a la valoración de la prueba pericial médica, por considerar que el informe contaba con suficientes fundamentos técnicos.
- Se acogió parcialmente el agravio de la demandada sobre la fecha de inicio del cómputo de intereses, fijándola en el 20/04/2012 conforme lo dispuesto en la Ley 24.557.
- Se dejó sin efecto la tasa de interés del 125% fijada en primera instancia, aplicando en su lugar las tasas establecidas en las Actas CNAT 2601, 2630 y 2658.

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