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AYALA, SANTOS c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirmó la sentencia que reconoció su derecho a percibir prestaciones dinerarias por incapacidad.

Accidente de trabajo Incapacidad Prestaciones dinerarias Ley 24 557 Peritaje medico Intereses Decreto 669 19 Inconstitucionalidad Honorarios


- Actor: Santos Ayala
- Demandado: Galeno ART S.A.
- Objeto: Accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el derecho del actor a percibir prestaciones dinerarias por la incapacidad resultante del accidente de trabajo sufrido el 21 de agosto de 2014. Fundamentos:
- El perito estableció la incapacidad en función de la Tabla de Evaluación de Incapacidades aprobada por el decreto 659/96, por lo que no hay error.
- Respecto a las impugnaciones al informe pericial, la demandada no cumplió con el requisito del art. 116 LO de crítica concreta y razonada, por lo que este agravio se considera desierto.
- En cuanto al monto indemnizatorio, la ley 24.557 establece parámetros de cálculo que el juez aplicó correctamente, sin que la demandada desarrolle una crítica concreta que demuestre que alguno de ellos es incorrecto.
- Sobre los intereses, se aplican desde el momento del accidente para resguardar la integridad de la prestación dineraria, conforme los arts. 1748 CCyC y 2 ley 26.773.
- Respecto a la aplicación del decreto 669/19, se lo considera inconstitucional por violar la prohibición del art. 99 inc. 3 CN de que el Poder Ejecutivo se atribuya facultades legislativas.
- Los honorarios se regularon adecuadamente en función de la relevancia, mérito y extensión de las tareas profesionales.

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