MARTINEZ, MONICA CRISTINA c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La trabajadora promovió demanda por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y mejoró la fórmula de cálculo de la prestación dineraria.
Indemnización por incapacidad laboral derivada de accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, determinando que el monto de condena debe calcularse conforme lo establecido en el decreto 669/2019, que mejora la actualización del ingreso base. Estableció además que los intereses moratorios deben calcularse a una tasa de interés puro del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación, y luego la tasa activa del Banco Nación.
Fundamentos principales:
- El decreto 669/2019, aunque inválido como decreto de necesidad y urgencia, puede ser válido como decreto delegado en virtud de la facultad prevista en el art. 11.3 de la ley 24.557 que autoriza al Poder Ejecutivo a mejorar las prestaciones dinerarias.
- La actualización por el índice RIPTE prevista en el decreto 669/2019 constituye una mejora respecto de la aplicación de la tasa activa bancaria.
- Corresponde fijar intereses moratorios del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación, y luego la tasa activa del Banco Nación.
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