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LAINO ROSANA CLAUDIA (18947) c/ GALENO ART S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora promovió demanda por accidente laboral y obtuvo una reparación sistémica, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia al establecer el inicio de cómputo de los intereses desde la primera manifestación invalidante.

Accidente laboral Reparacion sistemica Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Intereses Nexo causal


- Actor: Rosana Claudia Laino
- Demandado: Galeno ART S.A. y otro
- Objeto: Reparación sistémica por accidente laboral
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado al establecer que los intereses se computarán desde la fecha de primera manifestación invalidante (agosto 2012) y no desde el cese laboral. Confirmó el resto de lo decidido, incluyendo la incapacidad física del 36,45% y la incapacidad psíquica del 10%. Fundamentos principales:
- El perito médico acreditó adecuadamente la incapacidad física y psíquica de la trabajadora, con nexo causal con las tareas desarrolladas.
- Corresponde computar los intereses desde la primera manifestación invalidante y no desde el cese laboral, de conformidad con el art. 2 de la Ley 26.773.
- En materia de intereses, corresponde aplicar la tasa y modalidad de capitalización anual prevista en el Acta CNAT 2764/22.

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