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MATTARANA, FABIAN GUSTAVO c/ ORGANIZACION COORDINADORA ARGENTINA SRL Y OTRO s/DESPIDO

El trabajador cuestionó el rechazo de la multa por retención de aportes y la falta de extensión de responsabilidad al presidente de la sociedad demandada. La Cámara modificó la sentencia y extendió la responsabilidad solidaria al presidente.

Multa Responsabilidad solidaria Despido Presidente de sociedad Retencion de aportes Articulo 132 bis lct Articulo 54 ley 19 550

Despido y multa por retención de aportes

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el rechazo de la multa por retención de aportes, pero extendió la responsabilidad solidaria al presidente Patricio Farcuh. La Cámara señaló que el pago parcial de aportes no constituye conducta sancionada por el art. 132 bis LCT, ya que la norma solo sanciona la falta total de pago. Sin embargo, respecto a la extensión de responsabilidad, la Cámara consideró que la retención indebida de aportes constituye un recurso para violar la ley, el orden público laboral y frustrar derechos de terceros, por lo que corresponde hacer extensiva la responsabilidad solidaria e ilimitada al presidente de la sociedad, Patricio Farcuh, de conformidad con el art. 54 de la Ley 19.550.

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