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DEL OLIO, MARCELO DANIEL c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/RECURSO LEY 27348

El actor sufrió un accidente in itinere y reclamó indemnización por incapacidad física y psíquica. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y reconoció al actor una incapacidad física del 10,8%, pero revocó la incapacidad psíquica.

Intereses Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Inconstitucionalidad Accidente in itinere Valoracion de la prueba pericial

Indemnización por accidente in itinere el 18/12/2020 que le generó incapacidad física y psíquica

¿Qué se resolvió?

La Cámara reconoció una incapacidad física del 10,8% y revocó la incapacidad psíquica del 4% determinada en primera instancia. Modificó el monto de condena y la tasa de interés aplicable. Fundamentos principales:
- En relación a la incapacidad física, la Cámara consideró que los argumentos del recurrente no lograron cuestionar los fundamentos de la sentencia de grado sobre la valoración de la pericia médica.
- Respecto a la incapacidad psíquica, la Cámara consideró que el informe pericial no brindó un análisis razonado ni explicó las circunstancias que llevaron a establecer dicha incapacidad, ni su vinculación con el accidente. Por lo tanto, revocó este aspecto de la sentencia.
- La Cámara declaró inconstitucional el DNU 669/19 que modificaba el régimen de actualización e intereses, y dispuso la aplicación de la tasa de interés prevista en el art. 11 de la ley 27.348.

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