MERA, JORGE EVARISTO c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador reclamó por accidente in itinere. La Cámara modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad psíquica.
Accidente in itinere
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, redujo el porcentaje de incapacidad psíquica del 20% al 10% y fijó el capital indemnizatorio en $176.772 con los intereses correspondientes.
Los fundamentos principales de la decisión fueron:
- El informe pericial no justificó adecuadamente cómo arribó al 20% de incapacidad psíquica, al no evidenciar los síntomas propios de un trastorno de reacción vivencial anormal grado III.
- No obstante, se acreditó la existencia de un daño psíquico, que debe graduarse en un 10% de la total incapacidad.
- La Ley 27348, invocada por la demandada, no era aplicable al momento del evento dañoso.
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