SOLIS, MELISA ALDANA c/ CENTRO GALLEGO DE BUENOS AIRES MUTUALIDAD CULTURA ACCION SOCIAL s/DESPIDO
La actora reclamó indemnización por despido indirecto. La Cámara modificó la sentencia y redujo el monto de condena.
Indemnización por despido indirecto
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de condena, acogiendo parcialmente el recurso de la demandada. La Cámara consideró que la falta de pago de salarios y aportes previsionales constituyó injuria suficiente para justificar el despido indirecto. Sin embargo, revocó la aplicación de las multas previstas en los arts. 80 LCT y 132 bis LCT por incumplimientos de la empleadora, al considerar que no se cumplieron los requisitos para su procedencia.
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