Recurso Queja Nº 2 - OVEJERO, GLADYS LORENA c/ INSTITUTO GERIATRICO DEL BUEN PASTOR S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
La parte demandada interpuso recurso de queja contra el auto que desestimó su recurso de apelación por no alcanzar el monto mínimo legal. La Cámara desestimó el recurso de queja al considerar que la aplicación de la norma sobre monto mínimo no afecta el debido proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte demandada interpuso un recurso de queja contra el auto que desestimó su recurso de apelación, ya que el monto por el cual prosperó la sentencia de primera instancia ($69.979,88) no alcanzaba el monto mínimo legal para apelar (300 veces el derecho fijo previsto en el art. 51 de la ley 23.187, vigente al momento). La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo desestimó el recurso de queja, considerando que: 1) Conforme la jurisprudencia de la Cámara, no corresponde adicionar intereses al monto de la condena a los fines del cómputo del monto mínimo para apelar; 2) La aplicación de la norma sobre monto mínimo para apelar no afecta la garantía del debido proceso, y 3) Cada escrito recursivo se configura de manera propia según la naturaleza y cuantía de los planteos que contenga. Por ello, se desestimó el recurso de queja, con imposición de costas en el orden causado.
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