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P. , N. P. c/ CAMINOS PROTEGIDOS ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora promovió demanda por accidente de trabajo con resultado de infección por VIH. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y reconoció la contingencia como accidente de trabajo, con incapacidad parcial.

Intereses Incapacidad Accidente de trabajo Capitalizacion Enfermedad profesional Vih

Indemnización por infección con VIH sufrida en accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara reconoció el carácter de accidente de trabajo del evento, pero consideró que no se probó fehacientemente el nexo causal entre el accidente y la infección. No obstante, fijó incapacidades física (30%) y psíquica (26,4%) reconocidas por los peritos. Modificó los intereses dispuestos. Fundamentos relevantes:
- El testimonio brindado acreditó la existencia del accidente con pinchadura de aguja que sufrió la actora mientras realizaba controles a un paciente con VIH.
- Si bien no se realizaron los estudios serológicos inmediatos, el riesgo de este tipo de accidentes está ínsito en las tareas propias de enfermería, por lo que no pueden exigirse mayores recaudos.
- Los dictámenes periciales médico y psicológico, fundamentados técnicamente, justifican las incapacidades reconocidas.
- Respecto a los intereses, si bien se confirma que deben aplicarse desde la fecha del accidente, la Cámara modifica el método de aplicación disponiendo una capitalización anual.

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