PETRUSSA, OMAR CAMILO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad psicológica y actualizó los intereses.
Indemnización por accidente de tránsito que le provocó lesiones físicas (dedo meñique) e incapacidad psicológica.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia, aumentando el porcentaje de incapacidad psicológica al 10% y modificando el régimen de intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto a la incapacidad psicológica, el tribunal consideró convincente el dictamen pericial que la determinó en un 10%, apartándose de la reducción realizada en primera instancia.
- En cuanto a los intereses, se aplicará la tasa RIPTE desde el accidente hasta el vencimiento del plazo para el pago, momento a partir del cual se capitalizarán los intereses a la tasa activa del Banco Nación.
- Se fundamenta la aplicación de intereses desde la fecha del accidente, con base en el principio de verdad jurídica objetiva y la legislación sobre riesgos del trabajo.
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