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GOOS, SANDRA MABEL c/ ASOCIACION ALDEAS INFANTILES SOS ARGENTINA Y OTROS s/DESPIDO

La trabajadora demandó por despido a Asociación Aldeas Infantiles SOS Argentina. La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo la condena solidaria impuesta a la asociación.

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Despido

¿Qué se resolvió?

Se modifica la sentencia de primera instancia, reduciendo la condena solidaria impuesta a Asociación Aldeas Infantiles SOS Argentina. Se fija un monto de condena de $249.159,97 y se dejan sin efecto las costas y honorarios establecidos. Los principales fundamentos son:
- La contratación de un "call center" por parte de Asociación Aldeas Infantiles SOS Argentina para captar donaciones no configura un supuesto de responsabilidad solidaria del art. 30 LCT, ya que es una práctica común y la asociación tiene un fin social y no de lucro.
- El art. 132 bis LCT que impone el pago de sanciones conminatorias mensuales tiene dudosa constitucionalidad, por lo que se fija una sanción de $43.678,14 por aplicación analógica del art. 80 LCT.
- No procede la actualización de los montos de condena según la posición de la CSJN sobre la prohibición legal de indexación.

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