GIMENEZ BENITEZ, ROSA c/ APPAREL ARGENTINA S.A. s/DESPIDO
La trabajadora promovió demanda por despido y salarios impagos. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y aumentó el monto de condena por la sanción prevista en el art. 132 bis de la LCT.
Indemnizaciones por despido incausado y salarios suspensivos
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó que el despido de la trabajadora fue injustificado, pero aumentó el monto de condena por la sanción del art. 132 bis de la LCT. Además, ordenó el pago de los salarios suspensivos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La conducta de la trabajadora no configuró abandono de trabajo, por lo que el despido fue ilegítimo.
- La demandada no acreditó la causa de suspensión de la trabajadora, por lo que corresponde el pago de los salarios suspensivos.
- Corresponde aplicar la sanción del art. 132 bis de la LCT por el incumplimiento de la demandada de ingresar aportes y contribuciones a la seguridad social.
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