FLORES, MIRIAM MATILDE Y OTRO c/ OBRA SOCIAL SERVICIOS SOCIALES BANCARIOS s/JUICIO SUMARISIMO
Trabajadoras impugnan modificación unilateral de su jornada laboral. La Cámara revoca la sentencia y ordena restablecer la jornada anterior.
¿Quién es el actor?
Miriam Matilde Flores y Alejandra Eunice Rivas Otalora (trabajadoras)
¿A quién se demanda?
Obra Social Servicios Sociales Bancarios
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnar modificación unilateral de la jornada laboral por parte del empleador, incrementando de 12 a 14 horas diarias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la sentencia de primera instancia y ordena a la empleadora restablecer la jornada laboral que las trabajadoras tenían con anterioridad al 1/11/2019. Considera que la extensión de la jornada constituye una modificación esencial del contrato de trabajo que requiere el consentimiento de los trabajadores, el cual no fue obtenido en este caso.
Fundamentos principales:
- El art. 66 de la LCT establece que el empleador puede introducir cambios en la forma y modalidades de la prestación, siempre que no se altere una modalidad esencial del contrato ni se cause un perjuicio al trabajador.
- La extensión de la jornada laboral constituye una modalidad esencial del contrato de trabajo que no puede ser modificada unilateralmente por el empleador.
- Si bien la medida fue general para todos los enfermeros, la norma no prevé excepciones al límite establecido respecto a las facultades del empleador de modificar modalidades esenciales del contrato.
- La medida cautelar dictada oportunamente impidió la efectiva implementación de la modificación de la jornada, por lo que no corresponde aplicar la excepción del segundo párrafo del art. 66 de la LCT.
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