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MEDINA, MARIA FLORENCIA c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció que el capital de condena devengue intereses a tasa del 6% anual.

Intereses Nexo causal Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Actualizacion Lrt Prestaciones dinerarias

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actora: María Florencia Medina Demandada: Provincia A.R.T. S.A. Objeto: Reparación de las consecuencias del accidente in itinere que sufrió la actora. Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que el capital de condena fijado se acreciente conforme lo propuesto por el voto del Dr. Catani. Específicamente, dispuso que el capital de condena determinado en primera instancia a valores vigentes a la fecha del accidente (06.01.2016) deberá actualizarse de acuerdo con la variación del índice RIPTE, desde ese lapso hasta la fecha en que se liquide el crédito definitivo. Asimismo, se le adicionará un interés moratorio puro del 6% anual desde el momento del infortunio (06.01.2016), hasta que se practique en primera instancia la liquidación. A partir de esta última fecha, se aplicará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina hasta el efectivo pago.

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