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CABRERA, DELIA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora reclamó incapacidad psicológica derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y elevó el porcentaje de incapacidad otorgado.

Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Codigo civil y comercial Dano material Proteccion de la salud del trabajador

Incapacidad psicológica por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modifica la sentencia y eleva la incapacidad al 14,93%, ordenando el pago de $ 281.257,01 por incapacidad parcial y permanente. Los principales fundamentos son:
- El peritaje médico acreditó que la actora presenta una Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado II con manifestación fóbica, derivada del accidente, lo que le genera una incapacidad del 10%.
- El daño psicológico es parte del daño material y debe ser reparado, conforme los arts. 1740, 1738 y 1746 del Código Civil y Comercial.
- La protección de la salud psicofísica del trabajador es un derecho consagrado en el art. 14 bis de la Constitución Nacional y en el derecho internacional del trabajo.

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