OSORIO, LEONARDO ARIEL c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo y reclamó incapacidad psicológica. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil Comercial modificó la sentencia y redujo la indemnización, al considerar que no se probó el nexo causal entre el accidente y la afectación psíquica.
Incapacidad psicológica derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
Se modifica la sentencia de primera instancia, reduciendo el monto indemnizatorio al 5% de incapacidad física, al considerar que no se acreditó el nexo causal entre el accidente y las secuelas psicológicas. Los jueces consideraron que si bien la perito médica diagnosticó un trastorno psicológico, no se probó una relación directa e inmediata entre el accidente y dicha afección. Argumentaron que el concepto de "daño psicológico" exige que se demuestre una estricta relación de sentido y congruencia entre el sufrimiento psíquico y la gravedad de la contingencia denunciada, lo que no se verificó en el caso. Se confirmó la indemnización correspondiente a la incapacidad física del 5%.
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