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OJEDA, FERNANDO JAVIER c/ EXPERIENCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor demandó por accidente de trabajo, y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó parcialmente la sentencia, reduciendo el porcentaje de incapacidad total indemnizable.

Incapacidad laboral Accidente de trabajo Intereses moratorios Minusvalia fisica Consolidacion de la incapacidad Minusvalia psicologica

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad total indemnizable al 5,80% de la capacidad laboral (3,30% por minusvalía física y 2,50% por minusvalía psicológica), en lugar del 6% fijado en primera instancia. Asimismo, determinó que los intereses deben correr desde la fecha del alta médica del trabajador. Fundamentos relevantes:
- El perito médico determinó que el actor padecía una epitrocleitis crónica y una reacción vivencial anormal neurótica, con un total de 6% de incapacidad. Sin embargo, el tribunal consideró que sólo el 50% de esa incapacidad se debía al accidente, por lo que fijó el porcentaje indemnizable en 5,80%.
- En cuanto a los intereses, se aplicó la jurisprudencia que establece que deben computarse desde la consolidación de la incapacidad, es decir, desde la fecha del alta médica.

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