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CHUHURRA, FEDERICO MANUEL c/ COOPERATIVA TRABAJO PLANHER LIMITADA Y OTROS s/DESPIDO

Un trabajador demandó por despido a su empleadora y a dos concesionarias automotrices que recibían sus servicios. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y limitó la responsabilidad solidaria de las concesionarias.

Responsabilidad solidaria Despido Certificados de trabajo Concesionarias automotrices Venta de planes de ahorro

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena a la Cooperativa Planher, pero limitó la responsabilidad solidaria de las concesionarias Automotores Mataderos y Serra Lima S.A. hasta la suma de $1.871.489 más intereses. Los principales fundamentos fueron:
- Se acreditó que el actor trabajaba en relación de dependencia para la Cooperativa Planher, vendiendo planes de ahorro de 0km para las concesionarias demandadas, por lo que éstas son solidariamente responsables.
- Sin embargo, las concesionarias no tenían la obligación personal de confeccionar los certificados de trabajo, por lo que no responden por la multa del art. 80 LCT.

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