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ARGAÑARAZ, LEONARDO MARIO ALBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador accidentado reclama indemnización por incapacidad parcial. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modifica el cálculo de intereses aplicando el criterio del art. 771 del CCyCN.

Intereses Indemnizacion Accidente de trabajo Incapacidad parcial permanente Acta cnat 2764 Art 771 ccycn

Indemnización por accidente de trabajo con incapacidad parcial y permanente del 20.11%

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, modificando únicamente el cálculo de intereses. Establece que, si la aplicación del Acta CNAT 2764 genera un resultado desproporcionado, se deberá aplicar el parámetro objetivo previsto en el art. 771 primer párrafo del CCyCN (actualización por RIPTE más 7% anual).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que lo dispuesto en el Acta CNAT 2764 sobre capitalización de intereses se ajusta a lo previsto en el art. 770 inc. b) y c) del CCyCN. Sin embargo, ante la posibilidad de un resultado desproporcionado, corresponde aplicar el mecanismo de ajuste previsto en el art. 771 primer párrafo del CCyCN.

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