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RAMAT, LUIS RAMON c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El trabajador reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el fallo de primera instancia que responsabilizó al Fondo de Reserva de la LRT por el pago de la indemnización y los intereses.

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Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo y responsabilizó al Fondo de Reserva de la LRT por el pago de la indemnización y los intereses. Fundamentos principales:
- El Fondo de Reserva de la LRT debe responder por las prestaciones a cargo de la ART que dejó de abonar, incluyendo el capital y los intereses. Esto se desprende del art. 34 de la Ley 24.577.
- El Decreto 1022/2017, que limita la responsabilidad del Fondo de Reserva, no tiene efecto retroactivo y sólo se aplica a siniestros ocurridos con posterioridad a su dictado.
- Los créditos por accidente de trabajo tienen naturaleza laboral, por lo que los intereses no se suspenden con la liquidación de la ART, de acuerdo al art. 129 de la Ley de Concursos y Quiebras.

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