VARGAS, NICOLAS MARTIN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó indemnización por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia e incrementó los intereses a aplicar sobre el monto indemnizatorio.
Indemnización por accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y ordenó que al capital de condena se agreguen intereses desde la fecha del accidente (16/6/2020) hasta el pago, calculados al promedio de la tasa activa del Banco Nación. Además, incrementó los honorarios de la perita médica. La sentencia de primera instancia había dispuesto que los intereses se calcularan según la variación del índice RIPTE, apartándose de lo establecido en el art. 12 de la Ley 24.557 (modificado por la Ley 27.348), el cual establece que se deben aplicar los intereses equivalentes al promedio de la tasa activa del Banco Nación. Por ello, la Cámara modificó este punto. En cuanto a los honorarios de la perita médica, la Cámara consideró que resultaban reducidos y los elevó al 6% del monto total de condena (capital más intereses). Las costas de alzada se impusieron a la demandada, y los honorarios de las representaciones letradas se fijaron en el 30% de lo que les correspondía por su actuación en primera instancia.
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