ESCOBAR, DOMINGO MARTIN c/ CAMINOS PROTEGIDOS ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad psíquica otorgado.
Accidente laboral
¿Qué se resolvió?
- Se confirma la sentencia de grado en cuanto a la incapacidad física (7% T.O. más factores de ponderación) y el monto indemnizatorio.
- Se reduce el porcentaje de incapacidad psíquica otorgado, al entender que no se acreditó el nexo causal entre el accidente y el daño psicológico. Se fija la incapacidad total en 7,84% T.O.
- Se mantienen las costas y los honorarios regulados en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Respecto a la incapacidad física, se le otorga valor probatorio al informe pericial médico, al estar adecuadamente fundado y no existir argumentos técnicos sólidos para apartarse de sus conclusiones.
- En cuanto a la incapacidad psíquica, se considera que el informe psiquiátrico sólo contiene referencias subjetivas y no acredita que el actor reúna todas las características propias de una RVAN de grado III, por lo que se lo encuadra en una RVAN de grado II. Asimismo, no se encuentra acreditado el nexo causal entre el accidente y el daño psicológico.
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