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TETTAMANTI, ANA MARIA c/ PECOM SERVICIOS ENERGIA S.A. s/DESPIDO

La trabajadora demandó por despido arbitrario, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la validez del acuerdo extintivo celebrado entre las partes.

Despido Mutuo acuerdo Extincion del contrato de trabajo Validez del consentimiento Plan de retiro

Despido arbitrario

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que consideró válido el mutuo acuerdo extintivo de la relación laboral. Señaló que no se acreditó vicio alguno en la voluntad de la trabajadora al momento de celebrar el acuerdo y que la mera existencia de un plan de retiro ofrecido por la empresa no implica que la trabajadora haya sido obligada a suscribir el acuerdo. Destacó que el mutuo acuerdo extintivo en los términos del art. 241 LCT es un modo válido de extinción del contrato de trabajo.

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