QUIROGA RAFAEL GUSTAVO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor demandó a la ART por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia, disponiendo la aplicación de un régimen particular para el cálculo de los intereses.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al cálculo de los intereses. Dispuso que el capital diferido a condena se determine con ajuste al régimen instituido por la ley 24.557, según el texto del DNU 669/2019. Ello implica que el capital se actualizará por el índice RIPTE, y se le aplicará además un interés puro del 6% anual desde la fecha de toma de conocimiento de la enfermedad profesional hasta la liquidación definitiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el sistema de actualización por RIPTE y cálculo de intereses según el DNU 669/2019 es el aplicable al caso, en lugar de las tasas de interés de las Actas CNAT. Esto es así en virtud de que la ley especial de riesgos del trabajo establece un régimen particular de valorización de las prestaciones que desplaza a la normativa general.
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