MAIDANA, CESAR c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia al determinar el cálculo de la indemnización con base en la actualización del Ingreso Base Mensual por el índice RIPTE.
Accidente de trabajo sufrido el 19/11/2019 mientras manejaba un vehículo de la empresa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la incapacidad psicofísica del 6,72%. Modificó el cálculo de la indemnización al disponer que el Ingreso Base Mensual se actualice por el índice RIPTE desde la fecha del accidente y hasta el momento de la liquidación, aplicando además un interés moratorio del 6% anual. Adecuó la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara consideró que el Dec. 669/19 estableció la actualización de la base de cálculo (IBM) por el índice RIPTE, y no la aplicación de un interés igual a la sumatoria aritmética de las variaciones mensuales del RIPTE, lo que desnaturalizaría el mecanismo de ajuste.
- Sostuvo que los intereses moratorios son un componente diferenciado de los compensatorios, por lo que corresponde aplicar una tasa adicional del 6% anual.
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