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MARCHIZOTTI, DANIEL HECTOR c/ SANCOR COOPERATIVAS UNIDAS LTDA. s/DESPIDO

Trabajador demandó por diferencias indemnizatorias por despido. La Cámara confirmó el rechazo a la indemnización reducida invocada por la empresa.

Despido Art 80 lct Falta de trabajo Art 247 lct Indemnizacion reducida Dificultades economicas

Diferencias indemnizatorias por despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda, considerando que la empresa no acreditó los presupuestos para proceder al despido con indemnización reducida conforme art. 247 LCT. La Cámara consideró que las dificultades económicas alegadas constituyen riesgos propios de la actividad empresaria. También confirmó el pago de la indemnización por falta de entrega en tiempo oportuno de los certificados previstos en el art. 80 LCT.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Para justificar un despido por falta o disminución de trabajo, el empleador debe acreditar la imprevisibilidad, inevitabilidad e irresistibilidad del hecho, lo que no ocurrió en autos. Las dificultades económicas y la reducción de la facturación constituyen riesgos empresarios.
- La empresa no aportó elementos para demostrar que adoptó las medidas necesarias para paliar la situación.
- El incumplimiento en la entrega oportuna de los certificados previstos en el art. 80 LCT justifica la indemnización.

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