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STUPENENGO, OFELIA IRENE c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/ACCION DE AMPARO

La actora promovió demanda por modificación de condiciones de trabajo y despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, dejando sin efecto la orden de reinstalación de la trabajadora pero confirmando la condena por la modificación abusiva de condiciones de trabajo.

Intereses Ius variandi Despido Modificacion condiciones de trabajo Discriminacion politica

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, Ofelia Irene Stupenengo, se desempeñaba como Titular del Centro de Atención Personalizada Viedma en el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
- En enero de 2020, el INSSJP modificó sus condiciones de trabajo, limitando sus funciones y retribuciones. Luego, en octubre de 2020, la despidió sin invocación de causa.
- La actora demandó la nulidad de esas medidas, alegando que respondían a motivos discriminatorios por su militancia política en el partido Cambiemos.
- El tribunal de primera instancia hizo lugar a la demanda, ordenando la reinstalación de la trabajadora y el pago de las diferencias salariales.
- En apelación, la Cámara revocó la orden de reinstalación por considerar que la actora no acreditó el carácter discriminatorio del despido. Sin embargo, confirmó que la modificación de condiciones de trabajo fue un ejercicio abusivo del ius variandi patronal y ordenó el pago de las diferencias salariales.
- La Cámara también modificó el criterio para calcular los intereses sobre el capital diferido a condena, aplicando la tasa TNA del Banco Nación sin capitalización anual, en lugar del Acta CNAT 2764.

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