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ALEGRE, HUGO ALBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y estableció una tasa de interés diferente a la aplicada por el juez de grado, en un reclamo por accidente de trabajo.

Intereses Recurso de apelacion Tasa activa Accidente de trabajo Ipc Capitalizacion Ley 27 348

accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la tasa de interés aplicable. Estableció que los intereses se calcularán desde el 1º de julio de 2019 al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina, con una única capitalización a la fecha de la notificación de la demanda, con un límite máximo equivalente al capital histórico actualizado por el IPC más una tasa del 6% anual. Fundamentos principales:
- La ley 27.348 establece una tasa de interés específica que el juez de grado no aplicó, por lo que corresponde modificar la sentencia en ese sentido.
- No obstante, para compensar la privación del capital por mora del deudor y mantener el valor de la indemnización, corresponde aplicar una única capitalización a la fecha de notificación de la demanda, con un límite máximo de capital histórico actualizado por IPC más 6% anual.

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