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TAUIL, RICARDO JOSE c/ GESTION LABORAL S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda laboral contra la agencia de servicios eventuales y la empresa usuaria. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que consideró la relación de empleo como indeterminada y condenó a ambas demandadas.

Diferencias salariales Indemnizaciones laborales Despido indirecto Trabajo en empresas de servicios eventuales Responsabilidad solidaria de empresa usuaria

Despido indirecto

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que consideró a Pedro Weinstock y Cía. S.A. como la real empleadora del actor, con responsabilidad solidaria de Gestión Laboral S.A. como intermediaria. Se hizo lugar a las indemnizaciones por despido incausado, la multa del art. 80 LCT y las diferencias salariales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- No se acreditaron los presupuestos de la contratación de trabajadores eventuales (necesidad extraordinaria y transitoria).
- La duración de la relación laboral desvirtuaba el carácter transitorio.
- Gestión Laboral S.A. actuó como persona interpuesta, siendo Pedro Weinstock y Cía. S.A. la real empleadora.
- El desconocimiento de la relación laboral por parte de la empresa usuaria configuró injuria suficiente para el despido indirecto.
- Procedencia de la indemnización del art. 8 LNE, multa del art. 15 LNE y art. 80 LCT.

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