CAPILLA, MARCOS ENRIQUE c/ INSTITUTO CULTURAL ARGENTINO NORTEAMERICANO s/DESPIDO
El actor reclamó diferencias salariales e indemnizatorias por encuadramiento estatutario erróneo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó el rechazo de la demanda, al determinar que la actividad de la empleadora no se encuadraba en el convenio colectivo reclamado.
Diferencias salariales e indemnizatorias por encuadramiento erróneo en ley 13.047 en vez de Convenio Colectivo 88/90
¿Qué se resolvió?
Se rechaza la demanda
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Convenio Colectivo 88/90 tiene como ámbito de aplicación a los "Empleados y Obreros no Docentes de la Enseñanza Privada (excepción Universidades)", mientras que la ley 13.047 rige a todos los "establecimientos privados de enseñanza, cualquiera sea su naturaleza".
- Según informes, el ICANA es considerado un "establecimiento libre de enseñanza en general" que no otorga títulos oficiales, por lo que no se encuentra alcanzado por el Convenio Colectivo 88/90 sino por la ley 13.047.
- Por lo tanto, no correspondía el encuadramiento en el Convenio Colectivo reclamado, y no prosperan los reclamos de diferencias salariales e indemnizatorias.
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