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VALDEZ PARODI, WALTER ADRIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de condena por considerar acreditada una incapacidad psicofísica del 30%.

Honorarios Capitalizacion de intereses Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Dictamen pericial

Accidente de trabajo y denuncia de incapacidad psíquica

¿Qué se resolvió?


- La Cámara consideró acreditada la incapacidad psíquica del 15% por lo que elevó el porcentaje de incapacidad al 30% (15% física + 15% psíquica).
- Modificó el monto de condena a $387.105, aplicando el adicional del 20% previsto en la Ley 26.773.
- Confirmó el pronunciamiento de grado en lo demás que decidió.
- Impuso las costas de alzada a la demandada vencida. Fundamentos relevantes:
- El dictamen pericial psicológico se encuentra debidamente fundado y no fue desvirtuado, por lo que corresponde atribuirle pleno valor probatorio.
- Los jueces pueden apartarse de la pericia médica sólo cuando cuenten con sólidos argumentos que permitan concluir que el experto incurrió en error o inadecuado uso de sus conocimientos científicos.
- Los intereses deben capitalizarse una sola vez, al momento de notificarse la demanda, conforme art. 770 CCCN, sin que proceda la solución del acta 2764/22 que dispone capitalización anual.

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