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GIORDANO, SAMANTA ELIZABETH c/ HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO S.A. Y OTRO s/DESPIDO

La actora promovió demanda por daños derivados de hostigamiento laboral sufrido en el Hipódromo Argentino de Palermo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y ordenó a la empleadora y a la ART adoptar medidas de capacitación y prevención en materia de violencia laboral.

Obligaciones de la art Dano psiquico Perspectiva de genero Hostigamiento Deber de prevencion Mobbing Violencia laboral Capacitacion Riesgos psicosociales


¿Quién es el actor?

Samanta Elizabeth Giordano
- Demandados: Hipódromo Argentino de Palermo SA y Asociart SA ART

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo de daños derivados de hostigamiento laboral (mobbing) sufrido por la actora en su trabajo

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo indemnizatorio por daño psíquico. Además, se ordena a la empleadora implementar acciones de capacitación sobre violencia laboral y perspectiva de género, y a la ART adoptar protocolos de prevención de riesgos psicosociales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se acreditó que la actora fue víctima de malos tratos y hostigamiento por parte de sus superiores en el trabajo, lo que afectó su salud psíquica.
- La empleadora incumplió su deber de prevención y la ART omitió adoptar las medidas preventivas necesarias, a pesar de la denuncia efectuada por la trabajadora.
- Se resalta la obligación de los tribunales de no silenciar situaciones de violencia laboral y discriminación, y de adoptar medidas que tiendan a erradicar patrones socioculturales que sostienen estas prácticas.

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