VEGA, GUSTAVO ARIEL c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad psíquica indemnizable.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad psíquica del 10% al 5% de la TO, por considerar que los elementos probatorios no vinculaban exclusivamente el daño psicológico al accidente. Asimismo, aplicó el piso mínimo indemnizatorio del art. 14 de la Ley 24.557. Por otro lado, ordenó la capitalización anual de intereses a partir de la notificación de la demanda, conforme Acta CNAT 2764.
Fundamentos principales:
- "Teniendo en cuenta que la valoración del nexo de causalidad corresponde a la órbita jurídica –a partir de la información colectada
- considero que, en este caso concreto, los elementos probatorios objetivos con que se intenta mostrar la presencia de un daño psicológico no resultaría exclusivamente vinculable con el accidente de trabajo denunciado en autos; aunque, por otra parte, tampoco dichos hallazgos pueden ser descartados a los fines indemnizatorios, pues sobre dicha base el resto de las consideraciones expresadas en el psicodiagnóstico como en el dictamen pericial médico permiten advertir la influencia dañosa del episodio accidental que motivó estas actuaciones."
- "En tal sentido, corresponde recalcular la incapacidad psicofísica más la incidencia de los factores de ponderación, cuyo cálculo no mereció cuestionamiento por la demandada, ante esta alzada. Por lo tanto, la incapacidad psicofísica que corresponde tener en cuenta a los fines indemnizatorios es del 16,30% de la TO (6% incapacidad física, 5% incapacidad psíquica y 5,3% de factores de ponderación)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: