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CORIA, SERGIO ALBERTO c/ ESPINO ROMUCHO, GEOVANA ANTONINA Y OTRO s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modifica parcialmente la sentencia de primera instancia y establece un nuevo criterio para la aplicación de intereses.

Intereses Capitalizacion de intereses Mora Compensacion Despido Ripte Acta cnat

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la sentencia de primera instancia en lo sustancial, pero modifica el método de aplicación de intereses. La Cámara considera que la aplicación de las tasas previstas en las Actas CNAT 2601, 2630 y 2658, con capitalización anual, sería más beneficiosa para la parte demandada que el método establecido en primera instancia (RIPTE + 6% anual). No obstante, al ser la demandada la única parte apelante, mantiene el método fijado en primera instancia para evitar perjudicarla. Fundamentos relevantes:
- La decisión de aplicar métodos automáticos de indexación puede tener efectos macroeconómicos y jurídicos perjudiciales, por lo que requiere suma razonabilidad y prudencia.
- La tasa de interés debe compensar la falta de goce del capital y absorber los daños por mora, objetivos que no se logran con la aplicación lineal de la tasa del Acta 2658 CNAT.
- El art. 770 inc. c) del CCyC establece que no se deben intereses de los intereses, excepto que la obligación se liquide judicialmente.

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