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NUÑEZ, HORACIO EZEQUIEL c/ REYDEL AUTOMOTIVE ARGENTINA S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción al considerar que la demandada no acreditó los motivos que justificaban el contrato a plazo fijo.

Tasa de interes Carga probatoria Injuria Despido indirecto Contrato a plazo fijo Capitalizacion periodica

Despido indirecto

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción. La magistrada analizó que la demandada no acreditó los motivos que justificaban el contrato a plazo fijo, requisito exigido por la ley, por lo que consideró configurada la injuria suficiente para que el trabajador se considerara despedido. La Cámara consideró que el agravio de la demandada era ineficaz ya que no atacaba el fundamento principal de la sentencia apelada. Además, confirmó la condena al pago de los rubros indemnizatorios correspondientes al despido. En lo que respecta a la aplicación de la tasa de interés y la capitalización periódica, la Cámara se dividió, con la mayoría adhiriendo al criterio establecido en el Acta 2764 de la CNAT.

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