ALVAREZ FELIX ANTONIO c/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y ordenó la aplicación de una tasa de interés del 6% anual para actualizar la indemnización.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia que había condenado a la demandada al pago de $153.753,05 más intereses. Ordenó que el capital de condena sea actualizado según la variación del índice RIPTE desde la fecha del alta médica (29/11/2012) hasta la liquidación, más un interés moratorio puro del 6% anual desde el alta hasta la liquidación. Luego, a partir de la liquidación, se aplicará la tasa activa del Banco Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El Decreto 669/19 que modificó el sistema de actualización de las indemnizaciones es inconstitucional, por lo que no corresponde aplicarlo.
- Corresponde aplicar una tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del alta médica hasta la liquidación, para compensar la privación del capital.
- No es aplicable el anatocismo previsto en el Código Civil y Comercial, por tratarse de un hecho anterior a su vigencia.
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