DIAZ, ANGEL MARIO c/ ACP SEGURIDAD S.A. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia.
Indemnizaciones por despido indirecto, multas de las leyes 24.013 y 25.323
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la demanda.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La Cámara analizó los agravios de la demandada sobre el reconocimiento del despido indirecto y el pago de multas. Consideró que existían suficientes elementos de prueba para acreditar que el actor prestó servicios en empresas con distintas denominaciones sociales pero con los mismos socios, configurando una maniobra fraudulenta para ocultar la verdadera antigüedad del trabajador.
- Respecto a la indemnización del art. 2 de la ley 25.323, se confirmó su procedencia ya que el actor había cursado la intimación fehaciente requerida por la norma.
- En cuanto a la capitalización de intereses, la Cámara modificó el criterio aplicado en primera instancia, disponiendo que los intereses se devenguen según las tasas fijadas por el Tribunal.
- Los honorarios de la representación legal del actor fueron considerados razonables.
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