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SALVETTI, ANDRES ALBERTO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que reconoció un porcentaje de incapacidad parcial y ordenó que la ejecución se lleve a cabo en sede judicial.

Incapacidad psicofisica Ejecucion de sentencia Accidente de trabajo Honorarios profesionales

Accidente de trabajo sufrido el 10/4/2019 mientras trabajaba para Metrovías S.A.

¿Qué se resolvió?


- La Cámara confirma el porcentaje de incapacidad psicofísica del 9,50% reconocido en primera instancia. Rechaza los agravios de la ART sobre el monto de la incapacidad.
- Dispone que la ejecución de la sentencia se lleve a cabo en sede judicial (art. 132 y ss. LO) y no en sede administrativa.
- Confirma los honorarios de los profesionales. Fundamentos relevantes:
- La perito médica concluyó que el actor presentaba limitación en la movilidad del hombro derecho con un 7% de incapacidad física.
- El perito psicológico determinó una incapacidad del 10% por Reacción Vivencial Anormal Neurótica con manifestación depresiva grado II, con una incidencia del 25% del daño relacionado con el accidente, resultando un 2,5% de incapacidad psíquica.
- La Cámara consideró razonable que la ejecución de la sentencia se lleve a cabo en sede judicial, a fin de dar solución a las cuestiones que puedan plantearse en esa etapa.

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