ARELLANO, PEDRO FRANCISCO c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia y estableció una forma de cálculo de los intereses más favorable al trabajador.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Trabajo hizo lugar parcialmente al reclamo del actor y modificó la forma de cálculo de los intereses. Estableció que los intereses se computarán de conformidad con lo establecido en el voto del Dr. Enrique Catani, aplicando una tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la liquidación de la indemnización, y luego la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.
Fundamentos principales:
- La declaración de quiebra de la ART no suspende el curso de los intereses de créditos laborales.
- Respecto a la capitalización de intereses, el Código Civil velezano vigente al momento del hecho no contemplaba el anatocismo judicial.
- Corresponde aplicar el régimen especial de actualización por RIPTE establecido en el Decreto 669/2019.
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