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MOSQUEIRA, MIGUEL IGNACIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia para establecer una nueva modalidad de cálculo de intereses sobre el capital de condena.

Intereses Costas Honorarios Accidente de trabajo Indexacion Capitalizacion Ripte Art 771 codigo civil y comercial

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modifica parcialmente la sentencia de primera instancia en lo relativo al cálculo de los intereses, dejando sin efecto lo dispuesto en primera instancia. Establece que la suma diferida a condena devengará intereses desde el 1/12/2016 conforme la tasa prevista por las Actas CNAT 2630, 2658 y 2764, con capitalización anual. Además, habilita la aplicación del art. 771 del Código Civil y Comercial de la Nación en caso de que dicho cálculo arroje un resultado desproporcionado, tomando como parámetro la actualización del capital por el índice RIPTE más 7% anual. La Cámara también deja sin efecto la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia, imponiéndole las costas a la demandada y regulando nuevos porcentajes sobre el monto de condena.

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