CHAVEZ, GUSTAVO ERICO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y estableció que la indemnización por accidente laboral se debe calcular según el régimen previsto en la ley 24.557 con el texto del decreto 669/2019.
¿Quién es el actor?
Gustavo Erico Chávez
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el monto de condena pero dispuso que para su cuantificación definitiva se aplique el régimen establecido por la ley 24.557 según el texto del decreto 669/2019, que prevé la actualización por el índice salarial RIPTE. Además, ordenó aplicar una tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente y hasta la liquidación definitiva.
Fundamentos principales:
- El hecho generador de la incapacidad laboral determina el momento en que nace el derecho a percibir las indemnizaciones, por lo que los intereses deben correr desde esa fecha y no desde la sentencia.
- El DNU 669/2019 que establece la actualización por RIPTE es válido como decreto delegado y resulta aplicable al caso.
- El mecanismo de actualización por RIPTE constituye un régimen de excepción a la prohibición general de indexación, por tratarse de una ley especial protectoria posterior.
- Adicionalmente, corresponde aplicar una tasa de interés puro del 6% anual para compensar la privación del capital durante el período hasta la liquidación definitiva.
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