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ORTIZ, JOSE MARCELO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Trabajador accidentado demanda por daños y perjuicios. La Cámara confirma el porcentaje de incapacidad psíquica determinado por el perito y eleva los honorarios del experto médico.

Intereses Pericia medica Honorarios Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Baremo

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma el porcentaje de incapacidad psíquica del 10% determinado por el perito médico y eleva los honorarios del experto médico. El tribunal señala que para cuestionar el baremo utilizado por el perito no basta la mera disconformidad, sino que deben aportarse argumentos científicos que demuestren que las conclusiones no se corresponden con la incapacidad del actor. Resalta que los baremos deben aplicarse considerando cada caso particular. Respecto a la incapacidad psíquica, el tribunal considera que el informe pericial se encuentra debidamente fundado en el estudio psicodiagnóstico realizado, por lo que descarta los agravios de la demandada. En cuanto a los intereses, si bien confirma la tasa aplicada en primera instancia, dispone que si por la aplicación de dicha tasa se superara un parámetro objetivo (actualización por RIPTE más 7% anual), el monto de la condena deberá ajustarse conforme lo previsto en el art. 771 del Código Civil y Comercial. Finalmente, eleva los honorarios del perito médico a $823.800 (equivalente a 40 UMAS) y confirma los de la representación letrada de ambas partes.

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