FERNANDES GARCIA, RODRIGO LEONEL c/ ECONORTE S.A. s/DESPIDO
El trabajador apeló el rechazo de la indemnización por daño moral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó que no correspondía el daño moral reclamado.
Indemnización por despido, incluyendo daño moral
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado el reclamo de daño moral. Consideró que la indemnización tarifada del art. 245 LCT excluye cualquier otra reparación por el despido, salvo que se demuestre daños no contemplados en esa tarifa. En el caso, el actor no acreditó de manera concreta el supuesto acoso moral y discriminación alegados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- La indemnización del art. 245 LCT es una tarifa legal que excluye reclamar otros daños, salvo que se demuestre daños no contemplados en ella.
- El actor no especificó en la demanda hechos concretos que permitan tener por configurado el acoso moral y discriminación alegados, incumpliendo las exigencias del art. 65 inc. 4 LO.
- Corresponde aplicar la capitalización de intereses prevista en el art. 770 inc. b) CCyCN desde la notificación de la demanda, aplicando la tasa que resulte razonable y equitativa.
- Los honorarios del letrado del actor se elevan a 42 UMA.
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